2 mayo

La AEPD sanciona con 15.000 euros a un distribuidor y encargado del tratamiento de Vodafone por tratamiento de datos sin licitud.

La AEPD sanciona con 15.000 euros a un distribuidor y encargado del tratamiento de Vodafone por tratamiento de datos sin licitud. La AEPD destaca que cuando un encargado infringe el RGPD, debe ser considerada responsable del tratamiento. Asimismo, la AEPD señala que “el mero hecho de utilizar medios técnicos del responsable no exime de responsabilidad al encargado del tratamiento, a efectos de lo dispuesto en el artículo 28, apartado 10, del RGPD. En este caso la parte reclamada no ha acreditado que actuara siguiendo las instrucciones detalladas del responsable, por lo que cabe considerar que ha actuado como responsable del tratamiento”. La entidad sancionada usó los datos de una clienta, que había contratado una portabilidad, para suscribir otros cuatro contratos. La AEPD pudo constatar que tales contratos no habían sido firmados por la reclamante.